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Especialistas en renta antigua

Especialistas en renta antigua

Aquellos arrendamientos suscritos con anterioridad al 30 de abril de 1.985, fecha en la que entra en vigor el Real Decreto Ley 2/1985 sobre Medidas de Política Económica, también llamado "Decreto Boyer", conocidos como arrendamientos de "renta antigua", tienen particularidades propias y se encuentran sujetos a un régimen jurídico diferente al que se aplica en los contratos más recientes.

Así pues, se trata de arrendamientos irrepetibles, que son un vestigio de otra época, y responden a unas premisas económicas y sociales del pasado, superadas en la España actual, por lo que su difícil encaje en la sociedad moderna ineludiblemente supone una fuente inagotable de conflictos entre inquilinos y arrendadores, los cuales, en la práctica totalidad de los casos se sitúan en planos antagónicos y sostienen intereses radicalmente contrapuestos.

El régimen legal de estos arrendamientos es igualmente prolijo y complejo, pues encuentra sus bases en leyes antiguas, o bien en normas de Derecho Transitorio contenidas en la vigente Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, a lo que es preciso añadir una ingente casuística jurisprudencial, no siempre homogénea, que da respuesta a muchos de los conflictos que se plantean.

Aunque estos arrendamientos se encuentran sometidos a prórroga forzosa, que en el caso de las viviendas no concluirán hasta el fallecimiento del inquilino o la persona que se hubiera subrogado en su lugar, en ocasiones es posible, tras un estudio pormenorizado del caso concreto, detectar aquellos aspectos legales o contractuales en los que se puede actuar para optimizar las prestaciones de estos arrendamientos especiales, ya sea desde la óptica del propietario o del inquilino.

Especialmente actuamos cuando existe alguna irregularidad o incumplimiento y el propietario desea poner fin al contrato de renta antigua, llegando hasta el final del proceso en la defensa de los intereses de nuestro cliente y asesorándole en todo momento sobre las posibilidades reales de éxito en su objetivo.

Igualmente defendemos al arrendatario, informándole de sus derechos y diseñando la estrategia más adecuada para la defensa de sus intereses en caso de conflicto con el propietario arrendador.

Estudiamos en profundidad su caso concreto, asesorándole en todo momento sobre las vicisitudes de su contrato, y si existiera alguna merma de sus derechos como arrendador o arrendatario, iniciamos las reclamaciones oportunas, ya sea extrajudicial o judicial.